Unidad u Órgano Interno Facultades, Funciones o Atribuciones Fuente legal Fecha de publicación (dd/mm/aaaa) Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha de última modificación (dd/mm/aaaa)
Presidente Al presidente le corresponderá la iniciativa más directa en las actividades de la corporación, y además de los señalados en el artículo 16, tendra los siguientes deberes y atribuciones:
a). Presidir las asmableas generales de socios el Directorio;
b). Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación quedadndo facultdo para que en el ejercicio de de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre;
c). Firmar los documentos oficiales de la entidad;
d). Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio, y
e). Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos, y estos estatutos le otorgan.
Decreto Ley 787/1980, Aprueba estatutos de la Corporación Municipal de San Fernando, artículo 23. 11/08/1982  Enlace Sin Modificación
Directorio a). Dirigir la corporación y administrar sus bienes;
b). Citar a la Asamblea General Ordinaria de socios y a las extraordinarias, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos terceras partes de los socios activos indicando su objeto;
c). Interpretar los estatutos y dictar los reglamentos que estime necesarios para la mejor marcha de la Corporación;
d). Organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimineto de de sus objetivos como también contratar los serviios de otras entidades públicas o privadas. Por medio de estos servicios la corporación elaborará y llevará a ejecución los planes y programas de cooperación al desarrollo social de su comuna;
e). Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria de Socios de la Inversión de los fondos y de la marcha de la cooperación durante el periodo que en que ejerza sus funciones;
f). Delegar en el Presidente, en uno o más Directores, ya sea separada o conjuntamente, o en el secretario General, las facultades económicas y administrativas de la corporación y, entre ellas y sin que esta enumeración importe limitación a sus amplias facultades de administración, las siguientes:
- Adquirir a cualquier titulo toda clase de bienes, corporales e incorporales, sean raíces o muebles;
- Cobrar y percibir cuanto se adeude a la corporación y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones;
- Aceptar donaciones, herencias y legados;
- Realizar y celebrar toda clase de actos y contratos , y contraer gravámenes sobre los bienes raices de la corporación, facultad que queda entregada exclusivamente al Directorio;
- Abrir cuentas corrientes bancarias de depósito o de crédito, girar y sobregirar en ellas;
- Contratar créditos con o sin garantías;
- Endosar, cancelar, descontar, cobrar, aceptar, avalar y protestar cheques, libranzas, letras de cambio y otros documentos de crédito o efectos de comercio;
- Otorgra prendas y cancelarlas;
- Efectuar operaciones de cambio y comercio exterior;
- Hacer declaraciones juradas, ceder crédito y aceptar cesiones de créditos;
- y en general, realizar toda clase de operaciones en bancos comerciales, de fomento, hipotecarioas, del Estado y con Cajas y personas o instituciones de crédito o de otra naturaleza, ya sean públicas o privadas, y
g). Viglar el cumplimiento de las obligaciones de los socios y establecer sanciones por infracción de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Corporación.
Decreto Ley 787/1980, aprueba estatutos de la Corporación Municipal de San Fernando, artículo 21. 11/08/1982 Enlace Sin Modifcación
Secretario General a). Promover, coordinar y dirigir, por mandato expreso del directorio , las labores de carácter económico y administrativo que la corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades;
b). Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que el Directorio le encomiende como asimismo los acuerdos del directorio;
c). Rendir cuenta trimestralmente al Directorio de su gestión administrativa;
d). Cuidar de la recaudación de las entradas y tener bajo control los ingresos;
e). Proponer anualmente al Directorio para su aprobación el presupuesto de entradas y gastos y el balance y la memoria de la corporación;
f). Llevar el registro general de socios de la Corporación.
g). Custodiar los fondos, títulos y valores de la corporación y autorizar los gastos imprevistos que, a su juicio deban ser solventados, dando cuenta al directorio en la primera sesión que celebre después de la indicada autorización, y
h). Controlar debidamente los ingresos y los egresos de los fondos sociales y supervigilar la contabilidad de la Corporación..
Decreto Ley 787/1980, aprueba estatutos de la Corporación Municipal de San Fernando, artículo 27. 11/08/1982 Enlace Sin Modificación
Departamento de Educación El Director debe asesorar al Secretario General en materias educacionales , proponer programas de perfeccionamientos, actualización y capacitación del personal docente, asicomo establecer normas y procurar el cumplimiento de los planes y normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación Municipal.
a). Administrar y operar los servicios en el área de educación que haya tomado a su cargo la I. Municipalidad de San Fernando, adoptando las medidads necesarias para su dotación, ampliación y perfeccionamiento.
b). Difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetivos que impulsa la Corporación y las realizaciones que lleva a cabo.
c). El Director del área de Educación, tiene a su cargo dos grandes áreas:
- Unidades Técnicas que estan a cargo de coordinar a Extraescolar, SEP, Subvenciones, Psicosocial.
- Unidades Educativas, a cargo de coordinar el fiel cumplimiento de los planes y programas educacionales como de la calidad educacional en San Fernando.
d). Elaborar el Plan anual de Educación Municipal PADEM.
D.F.L 1/ REFUNDE LEY 19.070. 22/01/1997 Enlace Sin Modificación
Departamento de Salud El área de salud debe asesorar al Secretario General en la formulacíon e implementación de politicas que favorezcan la salud comunitaria, así como presentar durante el proceso presupuestario las necesidades de recursos humanos, financieros, fisicos y los elementos e insumos nesesarios para el óprimo desarrollo de las distintas unidades que conforman la dirección, a su vez, debe promover el autocuidado y prevención para una vida sana de las personas.
a). Materializar, reforzar la estrategia y las acciones de atención primaria y de los programas de salud comunitaria.
b). Elaborar y desarrollar el plan de salud mediante estrategias promoviendo la participación e integración de la comunidad, de acuerdo a las orientaciones del Ministerio de Salud y de las indicaciones del Plan de desarrollo Comunal.
c). ejecutar planes y normas impartidas por el Ministerio de Salud, a través de organización, administración, gestión y herramientas que favorecen y garantizan el desarrollo del Plan Comunal.
d). Promover la misión visualizada por la Corporación como prioridad hacia la atención primaria de la Salud Municipal.
LEY 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal y sus modificaciones. 13/04/1995 Enlace Sin Modificación
Departamento de Administración y Finanzas Tiene la responsabilidad de administrar la corporación, a través de sus unidades técnicas tales como : recursos humanos, contabilidad y finanzas de acuerdo a la normativa vigente, sus facultades son:
a). Estudiar y proponer alternativas para el financiamiento y eficiente utilización de los recursos disponibles.
b). Realizar el manejo contable y presupuestario de la corporación.
c). Ejecutar las funciones relativas a personal y bienestar, abastecimiento, logística.
d). Colaborar con los Departamentos Técnicos de la CORMUSAF en la gestión financiera y administrativa de sus unidades, velando por la calidad, cantidad y oportunidad de la provisión de bienes y servicios que soliciten esas dependencias para el adecuado desarrollo de sus funciones.
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Asesoría Jurídica El departamento Jurídico es la unidad encargada de asesorar e informar en materias de derecho
y reglamentarias del sector. Estará a cargo del jefe del Departamento, a quien corresponderá coordinar
y hacer cumplir las funciones de esta unidad, a fin de velar por el cumplimiento de los procedimientos,
cautelando el princpio de la legalidad de los actos en representación de los intereses de la Corporación
Municipal toda vez que ello sea necesario, procedente y facultado por la Ley.
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Estudios y Proyectos Funciones y responsabilidades:
a). Gestionar, direccionar y coordinar la unidad de estudios.
b). Encargado (a) de abastecer y proveer de información para la formulación de presupuesto, validación de programas existentes.
c). Realizar la provisión de información externa.
d). Coordinar la comunicación con otros servicios públicos.
e). Encargado (a) de asesoría, monitoreo, supervisión y evaluación técnica de estudios.
f). Responsable de informar sobre los estudios realizados, a través de informes o documentos responsable de analizar datos y proveer información relevante a la Dirección Nacional para informar del presupuesto, programas, entre otros.
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Departamento de Recursos Humanos Funciones y responsabilidades:
a). Asesorar y proponer a la Dirección y otras Áreas de la Corporación, normas y reglamentar en materia de Gestión de Recursos Humanos, Salud Ocupacional, Relaciones Laborales y su posterior implementación.
b). Formular lineamientos para el desarrollo del Plan de Recursos Humanos, con aplicación de indicadores de gestión.
c). Formular lineamientos y políticas para el buen funcionamiento de los procesos de Recursos Humanos (reglamentos, manuales de procedimientos y/o directivas en particular sobre algún sub sistema).
d). Supervisión del proceso de incorporación, reclutamiento, selección, ejecución de concursos públicos o privados e inducción del personal.
e). Dirigir, controlar y gestionar la formulación de políticas y posibles modificaciones referidas a la estructura de cargos, las prácticas de análisis y descripción de cargos que sean aprobadas.
f). Gestionar el proceso de capacitación y supervisión del Proceso de Evaluación de Desempeño del personal. g). Supervisar la administración del Sistema de Compensaciones (remuneraciones y pensiones).
h). Desarrollar actividades orientadas al bienestar del personal, al mejoramiento del clima y cultura institucional.
i). Supervisar los procesos de gestión de personas (contrataciones, desvinculaciones, control de asistencia, incidencias, documentos del personal, sanciones).
j). Dirigir, controlar y gestionar la formulación de políticas, proyectos, planes y programas relativos al reclutamiento, búsqueda, selección e inducción, para proveer de recursos humanos en la cantidad y calidad necesaria para el logro de los objetivos de la Organización y su posterior implementación.
k). Aplicar de ser el caso, estrategias de conciliación y negociación colectiva.
l). Otras funciones inherentes al cargo.
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